29/08/2014

La Conselleria de Sanidad publica la normativa para la evaluación del sistema de carrera profesional dentro del ámbito sanitario público de la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Sanidad ha publicado dos órdenes en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV 29.08.2014, Orden 9/2014 y Orden 10/2014) en las que establece la normativa para la evaluación del sistema de carrera profesional dentro del ámbito sanitario público valenciano. Los citados decretos establecen la definición y organización del sistema de carrera profesional, determinando los distintos grados, el modo de acceso y la forma de progresión en función de los méritos obtenidos en cuatro áreas de evaluación.

Procedimiento para solicitar la valoración

Adquirido el derecho a ingresar en el sistema de carrera profesional o una vez cumplido el período de permanencia en el grado correspondiente, el profesional podrá presentar una solicitud según el modelo del anexo I de las Órdenes 9 y 10 de 2014, acompañada por la documentación acreditativa de los méritos a valorar en las distintas áreas de evaluación, en el caso de no haber sido aportada con anterioridad, así como modelo de autobaremo anexo II de las Órdenes 9 y 10 de 2014.


Una vez examinados por el órgano evaluador los servicios y méritos aducidos, la administración deberá resolver y notificar en un plazo no superior a 6 meses. El efecto del transcurso de este plazo sin que haya recaído resolución expresa es el  de la estimación de la solicitud. En cualquier caso, los efectos económicos se reconocerán desde el día en que se solicitó, siempre que previamente hubiera transcurrido el periodo de permanencia en el grado anterior.

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