Especialidades de Enfermería

“La formación en Enfermería tiene por objeto dotar a las enfermeras/os de los conocimientos, técnicas, habilidades y actitudes propios de la correspondiente especialidad, de forma simultánea a la progresiva asunción por el interesado de la responsabilidad inherente al ejercicio autónomo de la misma”. (Artículo 15. LOPS). Por tanto, la formación especializada en Ciencias de la Salud (en el ámbito de la Enfermería) es una formación reglada y de carácter oficial.

El Título de Enfermero Especialista expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, tiene carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado y será necesario para utilizar, de modo expreso, la denominación de Especialista, para ejercer la profesión con tal carácter y para ocupar puestos de trabajo con tal denominación en Centros y Establecimientos públicos y privados. (Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería).

Especialidades de Enfermería incluidas en el Real Decreto 450/2005 [ + ]

Enfermería Obstétrico-Ginecológica:

BOE Orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona).

Enfermería Geriátrica:

BOE Orden SAS/3225/2009, de 13 de noviembre, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Geriátrica.

Enfermería Pediátrica:

BOE Orden SAS/1730/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Pediátrica.

Enfermería Familiar y Comunitaria:

BOE Orden SAS/1729/2010, de 17 de junio, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria.

Enfermería de Salud Mental:

BOE Orden SPI/1356/2011, de 11 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería de Salud Mental.

Enfermería del Trabajo:

BOE Orden SAS/1348/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería del Trabajo.

Enfermería en Cuidados Medico-Quirúrgicos:

Esta especialidad es la última de las siete especialidades aprobadas, pendiente de desarrollar y publicar. Por tanto, actualmente, no se puede optar a esta Especialidad.

Normativa Aplicable [ + ]

  • Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, por el que se regula la obtención del titulo de Enfermero Especialista.
  • Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

  • BOE: 183/1987 (Fecha de publicación: 01-08-1987)
  • El Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
  • Ministerio de la Presidencia. BOE: 108/2005 (Fecha de publicación 06-05-2005)

  • Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
  • Ministerio de la Presidencia. (Fecha de publicación: 21-02-2008)

  • Orden de 24 de junio de 1998 por la que se desarrolla el Real Decreto 992/1987, de 3 de julio, sobre la obtención del título de Enfermero Especialista.
  • Ministerio de la Presidencia. BOE: 155/1998 (Fecha de publicación: 30-06-1998)

  • Resolución de 17 de julio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
  • Ministerio de Educación. BOE: 182/2009 (Fecha de publicación: 29-07-2009)

¿Cómo puedo acceder al título de especialista? [ + ]

    A) Vía Enfermero Interno Residente (EIR)

    Enfermero Interno Residente (EIR) es aquel enfermero generalista que, tras superar una prueba de carácter estatal:

  • Permanece en una unidad docente formándose como especialista durante un periodo de tiempo previamente establecido.
  • Formaliza un contrato de trabajo con el correspondiente servicio de Salud o la entidad titular de la unidad docente.
  • Realiza durante ese tiempo una práctica tutelada de acuerdo con el plan formativo de la especialidad elegida.
  • Obtiene conocimientos, habilidades y actitudes (competencia profesional) sobre la correspondiente especialidad.
  • Asume responsabilidades, de forma progresiva, para el ejercicio autónomo de dicha especialidad.

    CONVOCATORIA ANUAL

    Aproximadamente en el mes de septiembre ser realiza una convocatoria anual a través del BOE, la última CONVOCATORIA de EIR 2021-2022

    B) Vía excepcional

    La Disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, en relación al acceso excepcional al título de especialista, prevé que podrán acceder a un único título de Enfermero, o de Ayudante Técnico-Sanitario, especialista, todos los titulados que acrediten el ejercicio profesional y superen una prueba de evaluación de la competencia, en los términos y por el procedimiento previstos.

    Situación de esta vía por especialidad enfermera:

  • Enfermería de Salud Mental: proceso de entrega de solicitudes cerrado y realizado examen.
  • Enfermería del Trabajo: proceso de entrega de solicitudes cerrado y realizado examen.
  • Enfermería Geriátrica: proceso de entrega de solicitudes cerrado y realizado examen.
  • Enfermería Pediátrica: proceso de entrega de solicitudes cerrado y realizado examen.
  • Enfermería Familiar y Comunitaria: plazo de solicitud cerrado, proceso de revisión expedientes y pendiente de realización de la prueba.
  • Enfermería de Cuidados Médico–Quirúrgicos: proceso abierto, ya que la especialidad todavía está en desarrollo y no existe vía EIR ni excepcional.