Instrucciones para la aplicación en la Comunitat Valenciana de las Prioridades del Programa de Vacunaciones durante las fases de transición de la pandemia
La Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Conselleria de Sanidad ha difundido una serie de Instrucciones para la aplicación en la Comunitat Valenciana de las Prioridades del Programa de Vacunaciones durante las fases de transición de la pandemia
En ellas se señala que considerando la situación actual en la Comunitat Valenciana se indica respecto a la vacunación que:
1. Se debe garantizar especialmente la vacunación correspondiente al primer año de vida, incluyendo la primera dosis de vacuna triple vírica.
2. Se debe realizar una captación activa de los niño/as que no fueron vacunados a la edad correspondiente, con especial atención de los menores de 2 años, utilizando para ello los medios aportados por el Sistema de Información Vacunal o cualquier otro procedimiento que facilite la recaptación.
3. Se debe ofrecer la vacunación incluida en los programas de vacunación infantil aprovechando cualquier contacto con el sistema sanitario para administrar las vacunas correspondientes.
4. Se debe mantener la vacunación de las mujeres durante el embarazo
5. Se debe garantizar la vacunación de las personas incluidas en los diferentes grupos de riesgo establecidos, especialmente de aquellos en los que la vacunación sea no demorable.
6. Se debe garantizar la vacunación ante la aparición de brotes o en cualquier circunstancia no demorable.
7. Respecto a la vacunación de los adolescentes frente al meningococo con la vacuna conjugada tetravalente (serogrupos A,C,W e Y) se ofrecerá la vacunación aprovechando cualquier contacto con el sistema sanitario. La captación activa de las cohortes en las que está prevista la vacunación se reanudará una vez se normalice la atención en los centros sanitarios
8. Todas las vacunas administradas deben registrarse en el Sistema de Información Vacunal.
Tal como recoge la nota informativa:
La administración de vacunas no incluidas en las recomendaciones establecidas por las Autoridades Sanitarias de Salud Pública no deberá interferir con la administración de las vacunas incluidas en el calendario oficial de vacunaciones (por ejemplo, causando demora en las citas o en caso de agendas limitadas).
Las vacunas se administrarán manteniendo las medidas de seguridad y control de la infección establecidas por el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas.
Para asegurarse de cumplir con las medidas de seguridad oportunas, las personas contactarán por teléfono con los centros de salud o centros de vacunación, para solicitar cita.
Respecto a la vacunación de personas que han tenido infección por COVID-19 y de sus contactos estrechos:
- No se conocen contraindicaciones médicas para vacunar a personas que han superado la COVID-19 y, en principio, no sería necesario esperar un tiempo determinado. No obstante, para minimizar el riesgo de transmisión, se recomienda posponer la vacunación durante 14 días después de la resolución de los síntomas.
- Los contactos estrechos de un caso confirmado podrán vacunarse una vez superado el periodo de cuarentena sin haber desarrollado síntomas.
- No deben demorarse las vacunas que tienen un plazo corto y definido para su administración (por ejemplo, la vacunación frente a tosferina en embarazadas en la semana 27-28), ya que puede perderse la oportunidad de una vacunación en tiempo.