05/06/2015

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El Fórum Enfermero del Mediterráneo, a favor de regular la prescripción de medicamentos y en contra de que se obligue a Enfermería a cursar formación adicional para ello

Los colegios de Enfermería de Alicante, Barcelona, Castellón, Baleares, Murcia y Valencia, que representan a unos 70.000 enfermeros, agrupados en el Fórum Enfermero del Mediterráneo, reiteraron hoy, en una carta remitida al Consejo de Estado, su apoyo a la regulación de la prescripción enfermera para dar seguridad jurídica a esta práctica diaria de los profesionales de Enfermería, pero, a su vez, mostraron su rechazo a la obligación de cursar formación adicional para poder prescribir medicamentos y productos sanitarios.

Al respecto, recordaron el exitoso desarrollo de la prescripción enfermera en Andalucía sin necesidad de llevar a cabo la citada formación obligatoria adicional incluida en el proyecto de Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, que ha elaborado el Ministerio de Sanidad.
 
Ante el envío del mencionado proyecto legislativo al Consejo de Estado para que dictamine, el Fórum Enfermero del Mediterráneo recordó “el enorme malestar que está suscitando en el seno de una gran parte de la profesión enfermera el referido proyecto de Real Decreto que pretende sacar adelante el Ministerio de Sanidad” y aseguró que Enfermería “solamente necesita disponer de la cobertura jurídica necesaria para poder seguir realizando el trabajo clínico diario con total respaldo normativo”.
 
Intervenciones sin riesgo para sus destinatarios
 
En la carta, el Fórum Enfermero del Mediterráneo explicó que “la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos no sujetos a prescripción médica, es una práctica habitual en el trabajo diario de las enfermeras, que viene realizándose desde hace muchos años y que supone innumerables ventajas para los ciudadanos/pacientes y para el sistema de salud. Son intervenciones que realizan los enfermeros que no implican un riesgo para sus destinatarios, solo necesitan un marco legal que les otorgue la seguridad jurídica de la que ahora carecen”.
 
En este sentido, la carta afirma que “no es una competencia profesional nueva para Enfermería, sino que, por el contrario, todas las competencias profesionales propias del enfermero generalista y especialista, como es la de indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos, sujetos o no, a prescripción médica y los productos sanitarios, de acuerdo con la legislación vigente, se adquieren durante su etapa formativa de Grado, correspondiendo al Ministerio de Educación, y no al de Sanidad, su acreditación”.
 
Suficiente preparación y formación universitaria
 
Los profesionales de Enfermería, por tanto, “ya disponen de suficiente preparación y formación universitaria para desarrollar su actividad prescriptora, siendo innecesario volver a acreditarse para aquello que adquirieron en su formación académica”, explica, y también asegura que “resulta injustificable la exigencia de una formación teórica de 6 créditos ECTS para los enfermeros generalistas y 12 créditos ECTS, para los especialistas, para la realización de intervenciones que forman parte de su práctica clínica cotidiana, máxime siendo idénticas en tiempo y contenido a las que ya acreditadas durante su formación universitaria”.
 
Además, el Fórum Enfermero del Mediterráneo insistió en que “es un absoluto sinsentido, además de una grave discriminación respecto de otros colectivos profesionales, como los podólogos, esta obligación formativa adicional que se pretende para los enfermeros, pues ambos colectivos tienen la misma carga lectiva de Farmacología en sus estudios universitarios, que son de igual duración”.
 
Desde el punto de visto legislativo y jurisprudencial, el Fórum Enfermero del Mediterráneo también recordó que “ya hay varias sentencias, tanto del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB – Sentencia 466 de 5/6/2013 y Sentencia 500 de 12/6/2013) como del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA – Sentencia de 3/5/2013), que reconocen la capacidad y facultad de los enfermeros para usar, indicar y autorizar la dispensación de medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, sin ningún tipo de habilitación”.
 
En cuanto a la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, “aquella que debe llevarse a cabo mediante la elaboración de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, tampoco estamos hablando de nada nuevo pues hay que señalar que ya se viene realizando y por tanto tampoco puede pretenderse una formación adicional, sino más bien una formación continuada”, explica la mencionada misiva.
 
En resumen, la carta concluye que “al no tratarse de nuevas competencias y con el fin de garantizar que no se produzca una situación claramente discriminatoria respeto de otros colectivos profesionales (podólogos), no se necesita de una formación adicional a la recibida durante el pregrado ya que solamente las nuevas competencias requieren de formación complementaria para la acreditación de su desempeño. 
 
Finalmente, el Fórum Enfermero del Mediterráneo recuerda que “es pertinente traer a colación el Decreto 307/2009, de 21 de julio, por el que se define la actuación de las enfermeras y enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público de Andalucía” que, según explica, “ha permitido a las enfermeras andaluzas expedir cinco millones de recetas con un coste de 88 millones de euros en 2014 que, en ningún caso, han supuesto un incremento del gasto farmacéutico”.
 
En este enlace puede consultar el contenido íntegro de la carta al Consejo de Estado.
 
Notas de Prensa