26/05/2023


La Enfermería valenciana expresa su satisfacción ante la retirada de la demanda contra las/os enfermeras/os del Hospital General de Castellón que pedía para los técnicos la exclusividad en radiodiagnóstico

La Enfermería valenciana expresa su satisfacción ante la retirada de la demanda contra las/os enfermeras/os del Hospital General de Castellón que pedía para los técnicos la exclusividad en radiodiagnóstico

En la demanda, el sindicato Intersindical Salut solicitaba que se declarara la adscripción irregular de los enfermeros demandados al servicio de Radiodiagnóstico del Hospital General.

La demanda quedaba sin recorrido legal después de la sentencia firme Nº 628/22 de fecha 14 de septiembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana al Recurso de Apelación 644/2021 de la Asociación Española de Técnicos de Radiología contra el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón y determinados enfermeros del COECS.

El TSJ desestimó la demanda de la asociación, ya que consideraba que los servicios en las unidades y servicios de radiodiagnóstico no son competencia exclusiva de los técnicos.

    Los tres colegios provinciales de Enfermería de Castellón, Valencia y Alicante, unidos en el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) expresan su satisfacción ante el desistimiento por parte del sindicato Intersindical Salut, como representante de la Asociación Española de Técnicos de Radiología, en el proceso judicial contra enfermeros y enfermeras que ejercen su función adscritos a los Servicios de Radiodiagnóstico del Hospital General de Castellón, tras la oposición realizada por éstos. De esta manera, el procedimiento queda archivado y sin efecto.

    En la demanda, el sindicato solicitaba que se declarara la adscripción irregular de los enfermeros demandados al servicio de Radiodiagnóstico del Hospital General. También apuntaban que las funciones que realizan las/os enfermeras/os en los indicados servicios eran exclusivas de los técnicos y que, en lo sucesivo, las/os enfermeros y enfermeras se abstuvieran de manipular equipos sin titulación. Pero esta demanda quedaba sin recorrido legal después de la sentencia firme Nº 628/22 de fecha 14 de septiembre de 2022 de la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana al Recurso de Apelación 644/2021 de la Asociación Española de Técnicos de Radiología contra el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón y determinados enfermeros del COECS.

    En este procedimiento, el TSJ desestimó la demanda de la asociación, ya que consideraba que los servicios en las unidades y servicios de radiodiagnóstico no son competencia exclusiva de los técnicos, como estos pretendían determinar, sino que pueden ser prestados por los enfermeros y enfermeras habilitados al efecto y que, además, tienen la consideración de directores de los cuidados.

    Desde la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Enfermeros y Enfermeras de Castellón (colegio de Enfermería provincial más afectado por el proceso legal) se ha incidido en la relevancia tanto de la sentencia del pasado mes de septiembre como de la decisión de la Asociación Española de Técnicos de Radiología, al retirar esta denuncia. De esta manera, se confirma y se ratifica la cualificación y competencia de los/as enfermeros/as de los Servicios de Radioterapia.

Imagen: Rotonda de la entrada principal del Hospital General de Castellón.

Notas de Prensa