29/10/2009

El CECOVA valora positivamente la aprobación de la prescripción enfermera al dar seguridad jurídica a las actuaciones clínicas del colectivo

El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) valora de forma positiva la modificación del artículo 77 de la actual Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios aprobada ayer por el Congreso de los Diputados gracias a la cual los profesionales de Enfermería podrán prescribir medicamentos, una condición antes exclusiva de los médicos y odontólogos.

Desde el CECOVA se entiende que de esta forma se da cobertura legal a muchas de las actuaciones clínicas que venía realizando Enfermería de forma habitual y que desde que entró en vigor la citada Ley del Medicamento habían quedado en una situación jurídica de total indefensión.

Con la aprobación de esta ley en 2006, las 240.000 enfermeras que trabajan en España vieron como alrededor de 170 intervenciones enfermeras pasaron a ser manifiestamente ilegales. La causa específica de esta situación estaba en el artículo 77.1 de la Ley del Medicamento, que establecía que los únicos profesionales que podían prescribir medicamentos eran el médico y el odontólogo. Esta norma convertía en ilegales una gran parte de las actuaciones clínicas que realizan los enfermeros en hospitales, centros de salud, centros sociosanitarios y servicios de salud laboral de las empresas.

En palabras de José Antonio Ávila, presidente del CECOVA, la modificación del artículo 77 de la Ley del Medicamento “nos va a posibilitar poder desarrollar nuestra actividad profesional con total autonomía, con mas calidad y con plenas garantías de una continuidad de los cuidados que presta Enfermeria. Además, como efecto colateral, dará agilidad a la atención sanitaria, ya que los pacientes no tendrán que ir al médico para muchas de las actuaciones que ahora van a poder hacer los enfermeros. El objetivo final de la prescripción no es quitarle trabajo al medico, sino realizar el nuestro con plena capacidad resolutiva, autonomía y reconocimiento a nuestra capacidad y competencia profesional, algo que sin duda beneficiara al Sistema Sanitario y a los usuarios del mismo”.

Dado que ahora son las comunidades autónomas, a excepción de Andalucía que ya cuenta con una norma en este sentido, las que deben desarrollar la normativa que haga posible la prescripción enfermera, desde el CECOVA se pide que esta circunstancia se lleve a cabo a la mayor celeridad posible en la Comunidad Valenciana. Ávila desea que todas las Comunidades autónomas, presten el mismo interés en poner en marcha las indicaciones que indica el nuevo texto de la Ley, para que no les afecte en su movilidad geográfica y se encuentren con una situación en una comunidad autónoma y con otra distinta en la comunidad vecina.

Ante esta nueva situación, el presidente del CECOVA es consciente de la necesidad de saber gestionar, de forma eficaz, esta nueva competencia y de la necesidad de desarrollar actividades formativas que capaciten a las enfermeras para poder realizar adecuadamente la indicación-prescripción para las que las autoriza la modificación de la Ley del Medicamento, ante lo cual, dijo, los colegios profesionales van a realizar una intensa y destacada labor.

Desde el CECOVA se destaca a modo de ejemplo la situación de otros países como Irlanda, Suecia, Holanda, Reino Unido, Canadá, Estados Unidos y Sudáfrica, en los que numerosos estudios avalan que la prescripción enfermera “ha dado resultados positivos en cuanto a la mejora en el acceso de los pacientes al sistema, la calidad del cuidado y del coste efectividad”.

Notas de Prensa