El CECOVA pide que la labor de la Enfermera Escolar no quede sólo en el plano asistencial y que abarque además educación para la salud y prevención
(Comunidad Valenciana. 17-8-09). El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA), ante la reciente publicación de la ORDEN de 29 de julio de 2009, de la Conselleria de Sanidad, por la que desarrolla los derechos de salud de niños y adolescentes en el medio escolar, y habiendo realizado una valoración positiva de la misma, considera que debería subsanar importantes lagunas.
Como aspecto positivo hay que destacar que la orden avanza en establecer los criterios de atención a los niños escolarizados con enfermedades crónicas en todos los centros educativos ordinarios, aunque, por el contrario, el CECOVA considera que se ha perdido una excelente ocasión para dejar constancia en una norma lo que en tantas ocasiones se defiende y que, por desgracia, nunca llega a plasmarse, como es el caso de la normalización de actividades de educación para la salud y prevención de las enfermedades en los colegios como lugar idóneo para llevarlo a cabo de forma eficaz, en vez de quedarse únicamente en el plano meramente asistencial y de forma puntual.Por lo que respecta a los centros de Educación Especial, el CECOVA manifiesta su total disconformidad con que la norma no contemple de forma taxativa que la presencia de las enfermeras escolares abarque todo el horario escolar, por el contrario, plantee que haya que determinar un tiempo limitado en función de la valoración de necesidades, a diferencia de lo que ocurre en otras comunidades autónomas.
La justificación de este planteamiento viene dada por el hecho de que las necesidades asistenciales en los centros de Educación Especial no deben ser tomadas de forma parcial, sino que se debe cubrir todo el horario escolar, pues de otra forma los alumnos de estos centros seguirían estando en situación de riesgo, ya que los problemas de salud y las patologías que sufren requieren de una atención sanitaria continua y no puntual.