05/07/2022


El CECOVA recuerda que la legislación avala la presencia de la Enfermería en las unidades SAMU y servicios de emergencias

El CECOVA recuerda que la legislación avala la presencia de la Enfermería en las unidades SAMU y servicios de emergencias

El Real Decreto 836/2012 de 25 de mayo, en sus artículos 2 y 4 indica que en las ambulancias de clase C (SAMU) destinadas a proporcionar soporte vital avanzado deben contar “como dotación mínima con un conductor y un enfermero” y “sólo en los casos que se requiera, con un médico”.

La Enfermería del Servici d´Emergències Sanitàries de la Comunidad Valenciana se establece como un servicio en el que la enfermera puede cubrir una demanda de atención asistencial de forma coordinada con el resto de los profesionales sanitarios.

Se debe recordar la reciente decisión judicial que ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los colegios oficiales de médicos de Valencia y Castellón contra el servicio de ambulancias SVA (Soporte Vital Avanzado) Enfermero.

    El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA), como entidad que aglutina a los tres colegios provinciales de Castellón, Valencia y Alicante, lanza un mensaje para tranquilizar a la población en el que recuerda e insiste que la Enfermería de los SAMU está sobradamente preparada para hacer frente a las emergencias.

    Desde el CECOVA se recuerda que la legislación avala las competencias de la Enfermería en los servicios SAMU, como el Real Decreto 836/2012 de 25 de mayo, que en sus artículos 2 y 4 indica que en las ambulancias de clase C (SAMU) destinadas a proporcionar soporte vital avanzado “la dotación mínima de personal debe contar, al menos, con un conductor que esté en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias y con un enfermero que ostente el título universitario de Diplomado en Enfermería o título de Grado que lo habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Enfermería, o correspondiente homologación”. En cuanto a la presencia de un médico, la citada legislación insiste en que es accesoria: “Cuando la asistencia a prestar lo requiera deberá contar con un médico que esté en posesión del titulo de Medicina”.

    El CECOVA muestra su perplejidad ante la infundada y agresiva actitud mostrada por algunos sectores insignificantes ‘dentro y fuera’ del ámbito sanitario que, sin criterio asistencial ni científico, mantienen una postura intransigente y anclada en un corporativismo del pasado. Facciones que ocultan información y la malinterpretan para hacer un uso partidista negando la profesionalidad de la Enfermería en los servicios del SAMU. El CECOVA lamenta algunas palabras que se han utilizado para denigrar las enfermeras y los enfermeros, así como denostar sus funciones, competencias y responsabilidades en el SAMU ante la opinión pública.

    Ante este discurso descalificativo, el CECOVA insta a la opinión pública a una reflexión para posicionarse en defensa de las enfermeras y los enfermeros del Servici d´Emergències Sanitàries de la Comunidad Valenciana que realizan sus funciones asistenciales. La Enfermería mantiene un rol esencial y necesario en las urgencias y emergencias y, bajo un desconocimiento insultante y provocador, ha resultado atacado de forma repetida y desconsiderada, pese a ser de vital importancia para cubrir las lagunas de atención de emergencias en la Comunidad Valenciana.

    La Enfermería del Servici d´Emergències Sanitàries de la Comunidad Valenciana se establece como un servicio en el que las/os enfermeras/os pueden cubrir una demanda de atención asistencial de forma coordinada con el resto de los profesionales sanitarios. Las enfermeras y enfermeros están formadas/os y con avalada experiencia para coordinar todos los servicios de atención a la urgencia y emergencia dentro de la cartera de recursos que ofrece la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

    En la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) se concreta que incumbe “a la profesión de enfermería la responsabilidad de proporcionar de forma individual o, en su caso, de forma coordinada dentro de un equipo de salud, los cuidados propios de su competencia, al individuo, a la familia y a la comunidad, de modo directo, continuo, integral e individualizado, mediante una formación y una práctica basada en principios de equidad, accesibilidad, cobertura y sostenibilidad de la atención”.

    El Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, describe que las funciones de la enfermera/o derivan directamente de la misión de la enfermería en la sociedad y se llevan a cabo de conformidad con el Código Deontológico de la Enfermería Española, de acuerdo con los criterios de calidad y excelencia profesional, y se mantienen constantes independientemente del lugar o del momento en que son prestados los cuidados de enfermería, el estado de salud del individuo o del grupo que vaya a ser atendido o de los recursos disponibles.

    De igual modo, el mismo articulado describe que los cuidados de enfermería “comprenden la ayuda prestada por el enfermero en el ámbito de su competencia profesional a personas, enfermas o sanas, y a comunidades, en la ejecución de cuantas actividades contribuyan al mantenimiento, promoción y restablecimiento de la salud, prevención de las enfermedades y accidentes, así como asistencia, rehabilitación y reinserción social en dichos supuestos y/o ayuda a una muerte digna”.

    Se debe recordar, además, la reciente decisión judicial que ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por los colegios oficiales de médicos de Valencia y Castellón contra el servicio de ambulancias SVA (Soporte Vital Avanzado) Enfermero.

    El fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Valencia descarta los argumentos que se esgrimían en contra del SVA Enfermero. Un recurso (SVA Enfermero) que lleva funcionando en otras comunidades autónomas como Cataluña desde hace dos décadas con unos resultados muy satisfactorios y beneficiosos para la ciudadanía y otras regiones de España, como en Castilla-Léon donde se acaban de presentar cinco nuevas unidades de SVAE que empezarán a funcionar durante este verano.  

Imagen: Una ambulancia SAMU durante la atención de un accidente de tráfico (Fuente: CECOVA)

Notas de Prensa