La prescripción enfermera está más cerca de ser una realidad tras recibir el visto bueno en el Consejo Interterritorial
El Real Decreto, que dará más cobertura legal a la práctica clínica de las enfermeras, incluye formación adicional obligatoria para que Enfermería pueda prescribir aquellos medicamentos y productos sanitarios no sujetos a prescripción médica, un punto que rechaza el CECOVA.
Con más de seis años de retraso en la regulación de la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los profesionales de Enfermería, es decir, la llamada prescripción enfermera, el Consejo Interterritorial (CI) del Sistema Nacional de Salud (SNS) ha dado el visto bueno al Real Decreto que la regula.
Se trata de un paso previo muy importante para la aprobación definitiva que aún debe pasar los trámites del Consejo de Estado y el Consejo de Ministros antes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La Organización Colegial de Enfermería de la Comunidad Valenciana expresó su satisfacción por el avance en el proyecto normativo que dará más cobertura jurídica a la práctica clínica diaria de Enfermería, que en la actualidad ya lleva a cabo actos de la denominada prescripción enfermera.
En contra de la formación adicional obligatoria
Sin embargo, el CECOVA consideró “un sinsentido y un absurdo la obligatoriedad de cursar formación adicional para que las enfermeras puedan prescribir o indicar medicamentos y productos farmacéuticos no sujetos a prescripción médica, una práctica clínica que ya vienen realizando en su día a día”, y recordó que, por ejemplo, en Andalucía, donde ya funciona con éxito la prescripción enfermera en virtud del Decreto 307/2009 basta con una sesión formativa para la habilitación como enfermera prescriptora y no se exige una formación adicional obligatoria de hasta 180 horas tal y como señala el Real Decreto aprobado.
Del mismo modo, también rechazó el posicionamiento de la Organización Médica Colegial (OMC) que se ha mostrado contraria a la prescripción de medicamentos por parte de Enfermería al considerar que esta es una parte “indisoluble del acto médico” y no puede delegarse en ningún otro profesional sanitario o facultativo.
Respuesta más ágil y cómoda
En este sentido, el CECOVA y los colegios de Enfermería de la Comunidad Valenciana lamentaron que el colectivo médico “quiera mantener el monopolio de la prescripción a pesar de los avances en los campos competenciales propios de la Enfermería y la implantación de los diagnósticos enfermeros” y criticaron que se oponga a un Real Decreto que permitiría al sistema sanitario “ofrecer una respuesta más ágil y cómoda a la ciudadanía por parte de Enfermería, especialmente a las personas que requieren cuidados a domicilio o a aquellas con enfermedades crónicas (pacientes diabéticos, con tratamientos de anticoagulación oral, heridas crónicas, úlceras por presión y dolor, entre otros) sin necesidad de desplazamientos innecesarios a centros de salud y/o hospitales”.
Finalmente, el CECOVA recordó que la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, determina en su artículo 9.1 que la atención sanitaria integral supone la cooperación multidisciplinaria, la integración de los procesos y la continuidad asistencial, y evita el fraccionamiento y la simple superposición entre procesos asistenciales atendidos por distintos titulados o especialistas.
Notas de Prensa