15/02/2021

Levante EMV.com
Diario Enfermero

El CECOVA junto con la Associació de Comares y la Asociación Española de Matronas insta a Sanidad a cambiar el temario específico para la oposición de matronas al no adecuarse a su formación

Los temas que se exigen a las aspirantes son inadecuados por lo que las matronas solicitan que queden sin efecto y que se rectifique el "Temario específico y la bibliografía" contenidos en el Anexo 1 de dicha convocatoria por no ser conformes y ser considerados nulos.

Sólo 9 temas de los 25 propuestos abordan cuestiones específicas relacionadas directamente con la especialidad de Enfermería obstétrico-ginecológica, mientras que los 16 restantes son generalistas y mal planteados para las matronas porque no se adaptan a su formación ni a sus competencias.

    Las matronas que optan a las nuevas plazas ofertadas en la convocatoria  publicada el pasado día 8 de febrero en el  DOGV Nº 9015  de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública para enfermeras especialistas obstétrico-ginecológicas han detectado una serie de irregularidades en las bases del concurso oposición que invalidan completamente el proceso. La situación más evidente se halla en que las preguntas del temario específico no se corresponden con la formación que han recibido las matronas ni con sus competencias, al tratarse de temas destinados a plazas de otras especialidades de Enfermería.  

    La incongruencia del temario ya ha movilizado a las matronas de la Comunidad Valenciana, representadas por Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA), la Associació de Comares de la Comunitat Valenciana  (ACCV) y la Asociación Española de Matronas (AEM). Un enfado generalizado, entre todas las matronas que concurren en esta convocatoria y que se ha materializado en forma de recurso de reposición ante la Conselleria de Sanidad porque, según aclara la vicepresidenta del CECOVA y de la AEM, Mª Isabel Castelló, “la resolución es irregular e incongruente en muchos aspectos, especialmente en cuanto al temario publicado en el anexo 1, porque es absolutamente inaceptable y justifica nuestro recurso avalado por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas”.

    Los temas  específicos que se exigen a las aspirantes en esta convocatoria son totalmente inadecuados por no ajustarse a la formación ni competencias que tienen estas especialistas de enfermería, matronas, por lo que tanto el CECOVA como la ACCV y la AEM, solicitan que queden sin efecto y que se rectifique el "Temario específico y la bibliografía" contenidos en el Anexo 1 de dicha convocatoria por no ser conformes y ser considerados nulos, al vulnerar las disposiciones normativas y reglamentarias aplicables, así como resultar contrarios a los principios rectores de este concurso-oposición. De ahí que el recurso presentado por las matronas exija que sea sustituido por un temario específico acorde a la especialidad en enfermería obstétrico-ginecológica (matrona).

    La demostración de que el temario es desacertado se observa en que muchas de las cuestiones abordadas en los citados "temas específicos" son las mismas que ya se solicitaron en otra convocatoria de otra especialidad de Enfermería completamente diferente, como la de Salud Mental publicada el 11 de enero de 2021 (DOGV N°8993). “Una evidencia que demuestra que el temario específico es erróneo e inapropiado. Supone un error grave que Sanidad crea que todas las enfermeras somos ‘multiespecialistas’ y que cualquier temario específico para una plaza de esta especialidad enfermera suponga un ‘corta y pega’ descuidado, sin tener en cuenta que el temario especifico de una especialidad sea el mismo que para otras especialidades”, redunda Castelló.

    Resulta paradójico, por tanto, que en la propia convocatoria de Sanidad se recuerde que el ejercicio incluido en las pruebas “tendrá como finalidad valorar las aptitudes, destrezas y capacidad profesional de las personas aspirantes en relación a las funciones propias de la categoría a la que optan”. Es decir, “se pide valorar la capacidad profesional propia de la categoría a la que se opta, pero se exige un temario que no se corresponde con los conocimientos específicos de las matronas”, denuncia la vicepresidenta del CECOVA.

    No en vano, sólo 9 temas de los 25 propuestos abordan cuestiones específicas relacionadas directamente con la especialidad de Enfermería obstétrico-ginecológica, mientras que los 16 restantes son generalistas o de competencia de otras especialidades de enfermería y mal planteados para las matronas porque no se adaptan a su formación. La Conselleria de Sanidad manifiesta, de este modo, “un desconocimiento total o parcial de cuál es el perfil de la matrona que debe acceder al puesto laboral de esta oferta de plazas e ignora que estas profesionales eran, hasta ahora, las únicas que tenían adscritas plazas de especialistas”, insiste Castelló.

    Se debe recordar que la Orden SAS/1349/2009 define a la matrona como: “Una profesional sanitaria que, con una actitud científica responsable y utilizando los medios clínicos y tecnológicos adecuados al desarrollo de la ciencia en cada momento, proporciona una  atención integral a la salud sexual, reproductiva y maternal de la mujer, en su facetas preventiva, de promoción y de atención y recuperación de la salud, incluyendo así mismo la atención a la madre, en el diagnóstico, control y asistencia del embarazo, parto y puerperio normal y la atención al hijo recién nacido sano, hasta el 28 día de vida”.

    Las funciones de la matrona fueron reguladas en la Comunidad Valenciana hace casi 24 años tanto para Atención Primaria coma Atención Especializada (Circular 0/97 Secretaria General de la Conselleria de Sanidad).

    Junto al temario inapropiado, en la parte de los requisitos se solicitan cuestiones obvias e innecesarias como ser mayor de 16 años y no superar la edad de jubilación, pese a que para obtener la titulación de enfermera especializada obstétrico-ginecológica se requieren 6 años. “Sólo una niña/o que hubiera entrado en la universidad con 10 años podría disponer de esta titulación. Por otro lado, es obvio que una enfermera jubilada o inactiva carezca de interés por presentarse al citado concurso-oposición”, concluye Maribel Castelló.

Notas de Prensa