24/07/2015

Los empleados públicos podrán descontar de sus vacaciones los días que enfermen

El Gobierno publica una resolución por la que autoriza a los funcionarios a descontar los días de baja de los periodos de libranza

El contador de vacaciones no correrá cuando los empleados públicos estén de baja o enfermen durante sus días libres. Así lo ha confirmado hoy una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). 

Según la modificación normativa aprobada por el Gobierno, los funcionarios y demás personal de las Administraciones que se pongan enfermos (o cojan la baja por el nacimiento de hijos) mientras estén en un periodo de vacaciones podrán recuperar esos días libres más adelante, cuando se hayan recuperado. 

"Si durante el disfrute del período de vacaciones autorizado, sobreviniera una situación de incapacidad temporal, el período de vacaciones quedará interrumpido pudiendo disfrutarse de las mismas una vez que finalice la incapacidad temporal, y siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado", según la resolución publicada el viernes 24 de julio en el BOE.  

Resolución de 22 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

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