15/01/2015

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El CECOVA pide que el decreto que regulará la libre elección en Primaria y Especializada considere a las enfermeras como profesionales en vez de como personal

La Organización Colegial Autonómica de Enfermería celebra la regulación de la libre elección de enfermera en el sistema sanitario público de la Comunitat Valenciana, pero considera que con el uso de de las denominaciones ‘profesional de Enfermería’ o ‘enfermero/a’ se utilizaría una expresión más correcta legalmente y se haría referencia a las enfermeras del mismo modo que a los médicos.

Ante la propuesta de regulación de la libre elección de enfermero en el Sistema Valenciano de Salud, el Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana (CECOVA) y los colegios de Enfermería de Alicante, Castellón y Valencia valoraron de manera positiva esta iniciativa normativa de la Conselleria de Sanidad que incentiva la participación de usuarios y pacientes en la atención sanitaria y reclamaron que en el articulado del decreto regulador se utilice, tal y como establece la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), la denominación de “profesional de Enfermería” o, simplemente, “enfermero/a”, en vez de la de “personal de Enfermería”.  

Así, el CECOVA ha incluido esta petición en las alegaciones presentadas al citado proyecto de decreto que ha remitido a la Dirección General de Ordenación, Evaluación, Investigación, Calidad y Atención al Paciente durante el período de exposición pública.

En las mencionadas alegaciones, el CECOVA considera que al usar la expresión de “personal de Enfermería”, el texto del decreto “induce a error, ya que, por una parte, podría interpretarse que el usuario o paciente puede disponer con toda libertad para elegir a todo el equipo de personas que integran los servicios de Enfermería en un centro; incluso al utilizar esa expresión de ‘personal de Enfermería’ podría inducir que no solo el usuario o paciente puede elegir a su enfermero/a, sino también auxiliares de Enfermería, etcétera”.

Además, para referirse a los médicos, el texto del borrador del decreto lo hace mayoritariamente usando el concepto “profesional”, mientras que para hacerlo para Enfermería se usa “personal”.

Por ello, el CECOVA alega que “es desde nuestro punto de vista censurable que para un colectivo se siga la denominación más acorde legalmente, contenida fundamentalmente en la LOPS, y que sin embargo a la hora de trasladarlo al resto de colectivos no se haga de la misma forma. Si las profesiones sanitarias tituladas son las contempladas en la Ley 44/2003, y el tratamiento debe ser siempre el de profesionales sanitarios como indica la LOPS, poco cuesta ser más concreto y conforme a dicha norma, y en lugar de hablar de “personal de enfermería” utilizar, de una vez por todas, profesional de Enfermería”.

Informes de Enfermería al alta y al ingreso

Al mismo tiempo, la Organización Colegial de Enfermería de la Comunitat Valenciana también comparte la petición realizada por la Asociación de Enfermería Comunitaria (AEC) de que se aproveche la elaboración de esta nueva regulación para normativizar los Informes de Enfermería al alta y al ingreso que, a juicio de las organizaciones de Enfermería, aportarían un plus mayor de calidad en la atención sanitaria.

Por otra parte, el borrador de decreto también hace referencia a que “el profesional elegido dispone de un plazo de 10 días hábiles para emitir informe y su posible no aceptación, que no obstante tendrá el carácter de no vinculante, pero se observa que dicho plazo se computa desde el día de recepción por el centro de salud de la solicitud”.

En este sentido, en sus alegaciones, el CECOVA considera que “dicha forma de cómputo puede causar perjuicios al profesional, quien en caso de tener que informar verá cómo dicho plazo queda probablemente reducido” y, en este sentido, defiende en las alegaciones que “el plazo que se pretende establecer debe depender de la fecha en que el profesional tenga constancia de la solicitud o designación, y a partir de ese momento comenzar los días que se establezcan para manifestar o informar de su posible rechazo”.

Notas de Prensa